Instituciones

Instituciones del virreinato de la Nueva España

En el virreinato existieron varias instituciones que regulaba la vida política, jurídica, social, económica y cultural de los súbditos novohispanos

Con el establecimiento de 1535 se mantuvo como una institución importante la Real Audiencia, que era un cuerpo colegiado de magistrados (un presidente y 4 oidores) que controlaba las decisiones de los gobernantes novohispanos para evitar abusos. También era la institución que asumía las funciones de gobierno entra la salida y la llegada de un nuevo virrey.

Los visitadores fueron funcionarios con gran autoridad enviados por el Rey o por el Consejo de Indias, cuando ocurrían alborotos graves que alteraban la tranquilidad y el orden público, había sospecha de malos manejos financieros, o cuando estaba en peligro la fidelidad de la colonia al rey. Su labor fue inspeccionar la conducta de las autoridades, incluido el virrey, imponer suspensiones y penas.

La Iglesia administraba todos los asuntos religiosos, tenía en sus manos la educación y sostenía las instituciones de beneficencia. Se dividía en clero secular regido por los arzobispos y obispos y el clero regular cuyas órdenes tenían sus propias autoridades, contaba, a partir de 1571, con el Tribunal del Santo Oficio o Inquisición, destinado a evitar la propagación de las ideas contrarias a la religión católica, perseguía a los acusados de practicar los credos prohibidos: judío, protestante y musulmán, así como la vigilancia de que los libros prohibidos por la Iglesia no circularan ni se leyeran.

Los indígenas quedaban excluidos de su autoridad por ser nuevos cristianos.

A nivel regional y local la jurisdicción estaba en manos de instituciones con diferentes nombres. Las autoridades más importantes en las ciudades o repúblicas de españoles fueron los cabildos o ayuntamientos (consejos municipales) constituidos por alcaldes y regidores electos, les correspondió resolver, reglamentar y ejecutar todo lo concerniente a la vida de la ciudad o del municipio. Como el ayuntamiento fue una autoridad que no provenía directamente del rey, sino que era representativa de los colonos, se convirtió en órgano defensa de los intereses de los novohispanos.

Las alcaldías mayores o corregimientos (también señoríos), cuyos representantes (tenientes o delegados) fueron designados directamente por la Corona (en contraste con el ayuntamiento) también controlaban a las ciudades y la zona rural en torno de éstas.

Los conquistadores impusieron a la mayoría de los indígenas vivir en sus comunidades, con rango de pueblos o repúblicas de indios, construidos de acuerdo a la traza española con una plaza central, la iglesia y las calles en cuadrícula, gobernados por caciques locales llamados alcaldes, vigilados y controlados por los encomenderos, frailes y funcionarios menores.

Ahora realiza el ejercicio 1.