El matrimonio en la Nueva España
Desde las primeras décadas de la conquista se establecieron las reglas para la celebración de los matrimonios. En el Primer Concilio Provincial de 1555 se definieron las primeras reglas con respecto a este sacramento católico; la Iglesia insistía que fuera un acto de gran importancia social con un ritual eclesiástico fijo y que era la única forma de unión válida. Esta exclusividad y legitimidad del lazo conyugal se mantuvo a lo largo de toda la Colonia hasta la Reforma liberal.
Al mismo tiempo tomó en cuenta las costumbres y tradiciones de los distintos grupos sociales tolerando rituales laicos siempre y cuando no interfieran en el sacramento, la unión de los contrayentes o la libertad de elección.
Las autoridades y los párrocos pretendieron moralizar las relaciones de pareja, castigando la lujuria y la infidelidad. Así, cuando recibían una denuncia de lujuria, las autoridades por orden del juzgado, aprehendían a la pareja y ponían a la mujer en un depósito y al hombre en la cárcel, donde ambos tenían que realizar trabajos forzados a cambio de comida. Los párrocos no sólo buscaban la moralización de las relaciones amorosas, sino principalmente asegurar los derechos percibidos por el pago del matrimonio.
Como eran bastante caros los derechos parroquiales, los grupos menos favorecidos fueron los precursores involuntarios del amor libre. Cuando no lograban ocultar sus concubinatos, la justicia los obligaba a pagar su pecado con una temporada de esclavitud. A las mujeres que no se casaban ni profesaban de monjas, se les dividía en dos tipos: las “castas doncellas”, llamadas así aunque fueran ancianas, y las “repudiadas solteras”, calificación que no fue aceptada por las mujeres, pues implicaba un reconocimiento público de haber perdido su virginidad.
Cuando la Iglesia intentó reglamentar las relaciones amorosas en la Nueva España, no fue posible pues era común que los propios españoles se encargaran de violar el sacramento del matrimonio y tener muchos hijos naturales. La abundancia de hijos nacidos fuera del matrimonio obligó a las autoridades virreinales a crear una nomenclatura para clasificarlos en los testamentos, según la mayor o menor impureza de su nacimiento.
Al reseñar el libro Historia de la vida cotidiana en México, Enrique Serna menciona que: “En materia de virginidad prematrimonial, los aztecas fueron quizá más exigentes que los españoles”* y muestra un ejemplo (del libro mencionado) acerca de una tradición en un pueblo nahua donde se acostumbraba entregar un canastillo con tortillas a todos los comensales después de la boda; si la esposa resultaba no ser virgen, uno de los canastillos repartidos tenía un agujero en la base. Al verificar que el canasto estaba roto, el comensal lo arrojaba lejos de sí con desagrado; de esta manera todos los asistentes conocían la noticia y manifestaban su reprobación a la familia y el esposo tenía derecho de repudiar a la recién casada. “Después de la Conquista, la humillación pública de la mujer siguió siendo una práctica habitual entre los indígenas sojuzgados […] para el siglo XVIII, era una práctica común de muchos maridos castigar en público a sus esposas, llevándolas a un lugar visible para ahí desnudarlas, amarrarlas y apalearlas, era una reproducción del castigo público impuesto por los oficiales a los indios remisos”.*